lunes, 25 de agosto de 2014

Convocatoria para la financiación de actividades de investigación dirigidas a grupos, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional

Información:
Resolución de 31/07/2014, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la financiación de actividades de investigación dirigidas a grupos, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional

Ayudas estancias formativas en inglés para personal docente en centros educativos no universitarios de Castilla La Mancha.


Resolución de 19/08/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el programa de estancias formativas en inglés para personal docente en centros educativos no universitarios de titularidad de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. 

  Se convocan 100 ayudas para cursos de inmersión lingüística en inglés en la región previstas dentro del Plan Integral de Plurilingüismo de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes

  Destinatarios: Los colectivos destinatarios de la presente resolución son el personal funcionario de carrera e interinos de Educación Infantil, de cualquier especialidad de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional, Enseñanzas de Idiomas y Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño.

 El período de realización de los cursos de inmersión lingüística será entre el 11 de septiembre y el 14 de septiembre de 2014 dentro del territorio regional.

Presentación de solicitudes: HASTA EL 3 DE SEPTIEMBRE.

jueves, 14 de agosto de 2014

Se convocan subvenciones para la adquisición de materiales curriculares para 1º y 2º de Educación Primaria y cursos de Educación Secundaria Obligatoria de nueva implantación en el curso escolar 2014/2015.

Orden de 31/07/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la adquisición de materiales curriculares para 1º y 2º de Educación Primaria y cursos de Educación Secundaria Obligatoria de nueva implantación en el curso escolar 2014/2015. 

Enlace al pdf COMPLETO:
http://docm.jccm.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2014/08/14/pdf/2014_10527.pdf&tipo=rutaDocm



jueves, 7 de agosto de 2014

Becas y ayudas de carácter general 2014-2015

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte lanza la campaña de becas para el curso 2014-2015  sin número determinado de personas beneficiarias para las siguientes ENSEÑANZAS:

1. Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo
español y con validez en todo el territorio nacional:

a) Primer y segundo cursos de Bachillerato.

b) Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior.

c) Enseñanzas Artísticas Profesionales.

d) Enseñanzas Deportivas.

e) Enseñanzas Artísticas superiores.

f) Estudios religiosos superiores.

g) Estudios militares superiores.

h) Estudios de idiomas realizados en Escuelas Oficiales de titularidad de las
Administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia.

i) Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la
Formación Profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los Ciclos
Formativos de Grado Medio y de Grado Superior impartidos en centros públicos y en
centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de Formación
Profesional.

j) Programas de Cualificación Profesional Inicial y Formación Profesional Básica.

2. Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros
españoles y con validez en todo el territorio nacional:

a) Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior
conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster.

b) Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado,
Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.

c) Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años
impartido por universidades públicas

d) Complementos de formación para acceso u obtención del título de Máster y
créditos complementarios para la obtención del título de Grado o para proseguir estudios
oficiales de licenciatura.

No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios
correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni títulos propios 
de las universidades.


CLASES Y CUANTIAS DE LAS BECAS:


BECAS DE CUANTÍA FIJA: 

1. Beca de matrícula: Podrán ser beneficiarios de beca de matrícula los solicitantes que cursen
enseñanzas universitarias La cuantía de la beca de matrícula cubrirá el importe de los créditos de que se
haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2014-2015.

2. Cuantía fija ligada a la renta del estudiante: Podrán ser beneficiarios de la cuantía fija ligada a la renta del solicitante quienes cursen en régimen presencial y de matrícula completa los estudios de:
Primer y segundo cursos de Bachillerato,  Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior,  Enseñanzas Artísticas Profesionales,  Enseñanzas Deportivas,  Enseñanzas Artísticas superiores, Estudios religiosos superiores,  Estudios militares superiores,  Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior, conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster y  Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.

Para la adjudicación de la cuantía fija ligada a la renta del estudiante se aplicará :

Umbral 1:

Familias de un miembro: 3.771,00 euros.
Familias de dos miembros: 7.278,00 euros.
Familias de tres miembros: 10.606,00 euros.
Familias de cuatro miembros: 13.909,00 euros.
Familias de cinco miembros: 17.206,00 euros.
Familias de seis miembros: 20.430,00 euros.
Familias de siete miembros: 23.580,00 euros.
Familias de ocho miembros: 26.660,00 euros.
A partir del octavo miembro se añadirán entre 3.079,00 euros por cada nuevo miembro
computable de la familia.


3. Cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar: Podrán ser beneficiarios de la cuantía fija ligada a la residencia del solicitante quienes cursen en régimen presencial y de matrícula completa los estudios de: Primer y segundo cursos de Bachillerato,  Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior,  Enseñanzas Artísticas Profesionales,  Enseñanzas Deportivas,  Enseñanzas Artísticas superiores, Estudios religiosos superiores,  Estudios militares superiores,  Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior, conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster y  Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.
Para la adjudicación de la cuantía ligada a la residencia del estudiante durante el
curso se requerirá que el solicitante acredite la necesidad de residir fuera del domicilio
familiar durante todo el curso escolar, por razón de la distancia entre el mismo y el centro
docente, los medios de comunicación existentes y los horarios lectivos. A estos efectos,
se considerará como domicilio familiar el más próximo al centro docente que pertenezca o
en el que resida de forma habitual algún miembro computable de la unidad familiar,
aunque no coincida con el domicilio legal del solicitante. Para la concesión de esta cuantía en los niveles no universitarios se tendrá en cuenta la existencia o no de centro docente adecuado en la localidad donde el becario resida y, en su caso, la disponibilidad de plazas, y si se imparten los estudios que se
desean cursar.

Para la adjudicación de la cuantía ligada a la residencia se aplicará:

Familias de un miembro: 13.236,00 euros.
Familias de dos miembros: 22.594,00 euros
Familias de tres miembros: 30.668,00 euros.
Familias de cuatro miembros: 36.421,00 euros.
Familias de cinco miembros: 40.708,00 euros.
Familias de seis miembros: 43.945,00 euros.
Familias de siete miembros: 47.146,00 euros.
Familias de ocho miembros: 50.333,00 euros.
A partir del octavo miembro se añadirán 3.181,00 euros por cada nuevo miembro
computable de la familia.


4. Beca básica: Podrán ser beneficiarios de beca básica los solicitantes que cursen enseñanzas 
no universitarias y  será incompatible con la cuantía fija ligada a la renta del solicitante.

Para la adjudicación de la cuantía ligada a la residencia se aplicará:

Familias de un miembro: 14.112,00 euros.
Familias de dos miembros: 24.089,00 euros.
Familias de tres miembros: 32.697,00 euros.
Familias de cuatro miembros: 38.831,00 euros.
Familias de cinco miembros: 43.402,00 euros.
Familias de seis miembros: 46.853,00 euros.
Familias de siete miembros: 50.267,00 euros.
Familias de ocho miembros: 53.665,00 euros.
A partir del octavo miembro se añadirán entre 3.391,00 euros por cada nuevo miembro
computable de la familia.


BECAS DE CUANTÍA VARIABLE: Podrán ser beneficiarios de la cuantía variable los solicitantes que cursen tanto enseñanzas universitarias como no universitarias distribuida  entre los solicitantes en función de su renta familiar y de su rendimiento académico (artº 9 de la Resolución)
Recibirán la cuantía variable mínima quienes cursen estudios no universitarios en modalidad distinta a la presencial, quienes opten por la matrícula parcial, oferta específica para personas adultas o bachillerato nocturno, quienes cursen los estudios de idiomas realizados en Escuelas Oficiales de titularidad de las
Administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia,  Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio y de Grado Superior impartidos en centros públicos y en
centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de Formación Profesional,  Programas de Cualificación Profesional Inicial y Formación Profesional Básica y curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas y complementos de formación para acceso u obtención del título de Máster y créditos complementarios para la obtención del título de Grado o para proseguir estudios oficiales de licenciatura, así como quienes realicen el proyecto de fin de carrera que no constituya una asignatura ordinaria del plan de estudios o titulaciones de planes a extinguir sin docencia presencial.

Para la concesión de la cuantía variable, la renta del solicitante no podrá superar el siguiente umbral:

Familias de un miembro: 13.236,00 euros.
Familias de dos miembros: 22.594,00 euros
Familias de tres miembros: 30.668,00 euros.
Familias de cuatro miembros: 36.421,00 euros.
Familias de cinco miembros: 40.708,00 euros.
Familias de seis miembros: 43.945,00 euros.
Familias de siete miembros: 47.146,00 euros.
Familias de ocho miembros: 50.333,00 euros.
A partir del octavo miembro se añadirán 3.181,00 euros por cada nuevo miembro
computable de la familia.


BECAS ESPECIALES PARA ALUMNOS UNIVERSITARIOS AFECTADOS DE UNA DISCAPACIDAD: Los estudiantes de enseñanzas universitarias afectados de una discapacidad
legalmente calificada de grado igual o superior al 65 por ciento podrán reducir la carga
lectiva  necesaria para cumplir el requisito de matriculación. En ningún caso podrá optar a beca con una matrícula inferior a 30 créditos.

El plazo de presentación de solicitudes termina:
  • el 30 de septiembre para los niveles no universitarios 
  • el 15 de octubre para los universitarios

Más información en:

PORTAL OFICIAL del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE: 














miércoles, 6 de agosto de 2014

Programa de Fiestas Nuestra Sra. Asunción de Seseña 2014


Resolución Definitiva. Dotación de materiales Curriculares para 3º y 5º de Primaria. Centros Públicos

Con fecha 06 de agosto se publica resolución definitiva que contiene las relaciones de solicitudes estimadas y desestimadas, correspondientes a la orden de 03/06/2014 de libramiento de fondos a centros públicos para la adquisición de materiales curriculares en 3º y 5º de educación primaria, para el curso 2014-2015. La búsqueda en los listados publicados la tienen que realizar con el número de seguimiento de su solitud (número registro de su solitud). Si desconoce el número de seguimiento o aparece con el identificador “BNR”, la única forma de conocer el resultado es realizar el seguimiento en su entorno personal de la plataforma PAPÁS En todos los casos les aconsejamos que realicen el seguimiento del estado de la solicitud en la plataforma PAPÁS (https://papas.educa.jccm.es/papasEste enlace se abrirá en una ventana nueva), con la clave que utilizaron para presentar la solicitud, en Mis trámites > Mis Solicitudes > pinchar en el alumno/a y “seleccionar” datos de la solicitud.

 Más información en: http://www.educa.jccm.es/alumnado/es/servicios-educativos/materiales-curriculares/dotacion-materiales-curriculares-3-5-primaria-centros-publi/resolucion-definitiva-dotacion-materiales-curriculares-3-5-

domingo, 3 de agosto de 2014

Homilías de Organyà

Las Homilías de Orgañá (en catalánHomilies d'Organyà) es uno de los documentos de carácter literario, y que va más allá del fragmento, más antiguos que se conocen escritos en lengua catalana, por la antigüedad de su lenguaje entre el latín vulgar y la lengua romance del catalán. Hay otros textos más antiguos en catalán, como el fragmento de la traducción delForum iudicum (de mediados del siglo XII),1 el juramento feudal de 1098 o los Greuges de Guitard Isarn (Agravios de Guitard Isarn) de 1080-1091, también procedentes de Orgañá y mucho más breves,2 así como glosas con términos catalanes, sin ligazón sintáctica, en documentos en latín datables hacia el 1034.
Fue descubierto en la rectoría de la iglesia de Santa María de Orgañá (Alto Urgel) en 1904 por el Dr. Joaquim Miret i Sans, historiador y jurista. Está datado a finales del siglo XII3 y lo forman seis sermones en los que se comentan varios evangeliosepístolas.
Las Homilías encontradas en Orgaña están relacionadas con otras que fueron encontradas en Tortosa a finales del siglo XIX por Antoine Thomas. Ambas tienen una homilía común: la del Miércoles de Ceniza, por lo que se las ha relacionado con colecciones de homilías de origen provenzal, que eran de uso frecuente en la época. Mientras que las de Tortosa copian el texto provenzal y tienen un tono más popular, las homilías de Orgaña son traducciones al romance catalán y son de carácter más culto.3